Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación intentado el 17 de septiembre de 2007 por la abogada NUBIA C. de HIDALGO en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en el presente proceso el 20 de junio de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se REPONE la causa de divorcio intentada por el ciudadano JOSÉ ÁLVAREZ GONZÁLEZ contra la ciudadana ANA LUISA DÍAZ LORENZ, al estado que tenía para el 20 de junio de 2007, fecha en que se dictó la sentencia, a los fines de que continúe el curso de la misma.
Queda REVOCADO el fallo apelado.
Por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente dec.....