Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la excepción opuesta por la defensa, de que se decrete el sobreseimiento de la causa, por existir la figura del perdón del ofendió, conforme a los artículo 28 numeral 5, 31 y 318 todos, del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el delito que aquí se dilucida es en perjuicio de una víctima adolescente, siendo en consecuencia de acción pública y por ende no opera el perdón del ofendido, de igual manera se ordena remitir copia certificada de la presente sentencia, una vez definitivamente firme, al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopci.....