Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de reclamo interpuesto por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: Los conceptos y montos que adeuda la parte demandada a la parte actora ascienden a la cantidad de VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON 67 CÉNTIMOS (Bs. 29.878,67).