Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por el ciudadano ALBERTO JOSE BAPTISTA UGAS, por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, en contra de la empresa PANADERIA Y PASTELERIA ANASEL, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. Así se establece.