Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de 16 de noviembre de 2005 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana BLANCA CELESTE SANOJA DE PEREZ contra ASOCIACIÓN CIVIL INCE DISTRITO FEDERAL, en consecuencia se condena a la demandada el pago de los conceptos y montos señalados en la motiva del fallo. Se ordena realizar experticia complementaria del fallo mediante un solo experto a los fines de calcular los intereses sobre prestación de antigüedad, intereses .....