IV.- DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado ALEJANDRO MATA BENITEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS RAMON FERMÍN MIRANDA, contra el auto dictado en fecha 25.01.2017, el cual negó oír la apelación interpuesta el día 24.01.2017, contra la decisión dictada el 17.01.2017, proferida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que niega el recurso de apelación por cuanto el auto apelado es de Mera Sustanciación o de Mero Trámite, los cuales son inapelables de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimien.....