(...) este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente causa, por lo que Declina su Competencia en los Tribunales Superiores con competencia en materia contencioso administrativo como Tribunales funcionariales conocer de la presente causa y en consecuencia se ordena remitir el presente asunto, al Juzgado Superior Distribuidor con competencia en materia contencioso administrativo, como Tribunales Funcionariales del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.-(...)