Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR, sobre un inmueble destinado a vivienda constituido por un apartamento signado con el N° (8), dicho apartamento se encuentra en la planta cuarto (04) piso del Edificio "Boston" , el cual se encuentra ubicado en la Avenida Ciudad Universitaria de la Urbanización Los Chaguaramos, antigua Parroquia Santa Rosalía hoy Parroquia San Pedro, en Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Federal, el apartamento en referencia se encuentra alinderado así: por el NORTE: Con la fachada Norte del Edificio; por el SUR: Con pasillo de circulación y fachada del edificio: Por el ESTE: Con la fachada Este del edificio y por el OESTE: Con el apartamento número siete (07); dicho apartamento tiene un área.....