Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud interpuesta por la ciudadana Fiscal Auxiliar 52° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas Encargada de la Fiscalia 23° del Ministerio Publico, DRA. JENNY RAMIREZ TERAN, conforme a la cual requiere de este Tribunal, se decrete medida judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano: LYNN GILBERTO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad numero V- 12.065.809, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 251 ordinales 2°, 3° y 4° Ejusdem.