Este Tribunal declara Titulo Supletorio Suficiente o Justificativo Judicial a favor del solicitante. Devuélvase la presente solicitud original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copia certificada de este auto en el copiador de sentencia. Cúmplase. LA JUEZ, ABG. IRENE GRISANTI CANO EL SECRETARIO ABG. BARTOLO JOSE DIAZ IGC/BJD/FT.- Exp. Nº AP31-S-2010-002392 EN EL DIA DE HOY DIEZ (10) DE MAYO DE 2010, SE DEVUELVE LA PRESENTE SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO A LA PARTE SOLICITANTE, CONSTANTE DE DIECISIETE FOLIOS UTILES.- EL SECRETARIO, BARTOLO JOSE DIAZ Quien suscribe, ABG. ROSA VILLAMIZAR, Secretaria Accidental del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: a tenor de los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, que la presente copia computarizada, es traslado fiel y exacta de su original, el cual corre inserta al expediente No. AP31-S-2010-0023.....