Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION suscrita ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 3 de junio de 2014, por una parte, por la Sociedad Mercantil ORGANIZACIÓN BARITY 1001, C.A., representada por los abogados SALVADOR BENAIM AZAGURI e IVAN EDUARDO RODRIGUEZ GRATEROL, y por la otra, por el ciudadano ORLANDO GUTIERREZ VARGAS, en representación de la parte demandada, la sociedad mercantil INSTITUTO GALA DE VENEZUELA, C.A., (GALA INSTITUTE); todo de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Cód.....