Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO VIGESIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 145, peticionada por la ciudadana CELENIA DEL CARMEN DIAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.010.272.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 145, del ciudadano CARLOS GREVER DIAZ en consecuencia en lo que respecta al primer nombre de su madre donde se lee: "...JUANITA", debe leerse: "...JUANA...", que es lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión a la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui, y al Registrador Principal del Estado Anzoáteg.....