Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se NIEGA la homologación del escrito presentado en fecha 03/05/2016.
SEGUNDO: Se deja constancia del pago que ha realizado la entidad de trabajo SERENOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES (SERINCO, C.A.), a favor de la ciudadana CARMEN TERESA AMAYA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Número 10.513.272 por la cantidad de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON 76 CÉNTIMOS (Bs. 174.417,76) como liquidación de prestaciones sociales.
SEGUNDO: No hay condenatoria especial en costas dada la naturaleza del presente fallo. Así se decide.
TERCERO: Se ordena que una vez quede definitivamente firme el presente fallo, se proceda al cierre y archivo del presente expediente.