Visto el certificado de defunción presentado el día de hoy, en el cual se evidencia que el demandado solidariamente Giuseppe D´Ambrosio Trotti, falleció el 15 de noviembre de 2005, en consecuencia este Juzgado suspende la causa y no da inicio a la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, y una vez se realicen las acciones para la notificación de los herederos, se fijará la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, previa distribución del expediente.