Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, intentada por los ciudadanos MARIA CAROLINA LAREZ ESTABA y FERDINANDO GAUDIO GIL ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha primero (1º) de agosto del (1997) ante el Prefectura del Municipio Turístico El Morro del Estado Anzoátegui. Según consta del Acta de Matrimonio Nº 113, expedida por la misma autoridad en la fecha señalada.