PRIMERO: DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART 151 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO LA CONFESIÓN DEL DEMANDO RESPECTO A LOS HECHOS ALEGADOS EN EL LIBELO DE LA DEMANDA. No obstante, conforme a lo establecido en el citado art. 151 respecto a que el Juez debe revisar la legalidad o la procedencia en derecho de la acción o petición del demandante, se declara que conforme a las pruebas cursantes en autos, evacuadas en la audiencia de juicio, adminiculado con la declaración de parte, la demanda incoada por la ciudadana MAYRA VÁSQUEZ contra la empresa PROYECTO Z-10 C.A., se declara SIN LUGAR.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora.