En base a las anteriores consideraciones, este Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: UNICO: CON LUGAR la solicitud de aclaratoria presentada por la parte demandante en fecha 26 de septiembre de 2016.