Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado Primero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 25 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, interpuesta por el ciudadano GIACOMO LEPORE ROMANO contra OPELINK SISTEMA DE REDES DE DATA C.A., en consecuencia se condena a la demandada a reenganchar al trabajador antes identificado, al cargo que venia desempeñando con los mismos derechos, deberes y obligaciones inherentes al cargo que ocupaba para la fecha de su despido injustificado. TERC.....