Esta Sala de Juicio Nro.3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana ILIANA VANESSA CAMPOS COLORADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro.V.-14.428.818, en contra del ciudadano PEDRO CECILIO HERNANDEZ PERAZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro.V.-6.089.793, a favor de su hijo XXXXXXXXXXXX. En consecuencia, se modifica la Obligación Alimentaria acordada por las partes y homologada por la Sala de Juicio Nro. 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en fecha 17 de noviembre de 2003 y se fija un nuevo monto mensual en la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.200.000,oo), l.....