Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 21 de febrero de 2007 dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana Xiomara Rodríguez contra la empresa Equipos Quirúrgicos S.A. (EQUISA), ambas partes identificadas en autos, en consecuencia se condena a la segunda al pago de los montos y conceptos señalados en la parte motiva del fallo, así como el pago de los intereses sobre prestación de antigüedad, intereses moratorios e indexación conforme a los parámetros señalados en la motiva. TERCERO: SE MODIFICA EL FALLO APELADO. CUARTO: No hay conde.....