DISPOSITIVO
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistida la apelación interpuesta mediante diligencia de 20 de enero de 2.007, por la ciudadana Patricia Noviello, en su carácter de Procuradora Agraria Regional I del Estado Guárico, extensión Calabozo, actuando en representación de la parte querellada, ciudadanos Rafael Villegas Frasquillo y Magdairis Villegas Frasquillo.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda firme la sentencia proferida por la juzgadora a-quo, en fecha 13 de marzo de 2.007.
TERCERO: Se hace del conocimiento de las partes, que la sentencia íntegra es publicada dentro del término legal establecido para ello, de conformida.....