Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en el sentido de que la presente causa sea ventilada por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo pautado en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia se decreta MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano HERMES JOSE PERDOMO ALVARADO, manifestando nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, donde nació en fecha 09-05-54, de 52 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, trabajando actualmente como cobrador de la revista Comunicación Ambiental, estado civil soltero, hijo de ENA DE PERDOMO (f) y de ANDRES PER.....