Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos OSWALDO JOSE CAMPOS CARRERA y JENNY ZULAY COLMENARES CHAPARRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-12.374.105 y V-12.064.176, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha diecisiete (17) de marzo de 1995, por ante el Juzgado Noveno de Parroquia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, asentada bajo el acta Nº 22, Folio 22, correspondiente al año 1.995. En cuanto a los niños (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), habidos del matrimonio, de c.....