VI
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de juicio No. 3, de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, constituido unipersonalmente, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXX, identificado en el encabezado de la presente sentencia, a cumplir sanción de UN AÑO (01) DE SEMI LIBERTAD y DOS (02) AÑOS DE LIBERTAD ASISTIDA A SER CUMPLIDAS DE MANERA SUCESIVA, al haber sido considerado CULPABLE de los hechos por los que fueron acusados, por la Fiscal 113º, Abg. BOLIVIA MARTIN, Representante del Ministerio Público, y que el Juez califica como ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente. Y una vez transcurrido el lapso legal establecido en el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protecció.....