DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos JESUS NAVIR REQUENA GUTIERREZ y ROSSANA COROMOTO CALZADILLA VALERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-6.892.010 y V-12.689.785, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 27 de diciembre de 1989, expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 146, del libro de matrimonios correspondientes al año 1989, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copi.....