Se ordenó LA ACUMULACIÓN del asunto signado bajo el Nro. AP51-R-2008-019403, al recurso N° AP51-R-2008-019835, de la nomenclatura de este Circuito Judicial de Protección, contentivo del recurso de apelación ejercido por la abogada MARIA GUEVARA DIAZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano JOSEPH BASTOURI CHEWARO, contra la sentencia dictada en fecha 18 de julio de 2008, por la Dra. SARA E. GUARDIA SOTO, en su carácter de Jueza Unipersonal XII de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y Nacional de Adopción Internacional, en la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, conjuntamente ejercida con la acción de revisión de la misma, incoada por la ciudadana NANCY CHAHWARO ZAKHOUR contra el referido ciudadano, para su resolución conjunta, de conformidad con los alegatos expuestos en la presente decisión.