Declara: PRIMERO.- SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARÍA ARCADIA ZAVALA contra la entidad de trabajo INSTITUTO DE OTORRINOLARINGOLOGIA C.A ambas partes identificadas a los autos. SEGUNDO.- No se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el art. 64 LOPT. TERCERO.- Se ordena la notificación de las partes a los fines de extremar el derecho y el debido proceso. Y CUARTO.- Se establece que el lapso para interponer los recursos correspondientes comenzaran a transcurrir una vez conste en auto la última de las notificaciones.-