En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto (5°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: HOMOLOGA el Desistimiento de la DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, CONJUNTAMENTE CON LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS presentado por la abogada: LUBMILA YOVERXI MARTINEZ GIMENEZ, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 205.818, apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil: INVERSIONES FOSPUCA BARUTA, C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES (GERESAT) MIRANDA, ente adscrito al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), contenido en la CERTIFICACIÓN MEDICA OCUPACIONAL, identificado bajo el Nº CMO-0089.....