DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en uso de sus facultades legalmente conferidas, acuerda DECRETAR la LIBERTAD PLENA del ciudadano GARCÍA LARRY JOSÉ, en virtud del cumplimiento del régimen de prueba inherente al beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 1°.