En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos CAROLINA DE JESÚS FLORES ALAYÓN Y ANQUISES DE JESÚS PERDOMO OSIO, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 13 de agosto de 2005, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo folio N° 128, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 2005.
Ofíciese lo conducente a la Jefatura Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.