DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA interpuesta por la ciudadana GLADYS DEL CARMEN PONCE POSLIGUA contra los SUCESORES DESCONOCIDOS del fallecido LEONEL DANILO RIVERO.
SEGUNDO: En consecuencia queda reconocida la unión concubinaria existente entre la ciudadana GLADYS DEL CARMEN PONCE POLISGUA con el hoy fallecido LEONEL DANILO RIVERO.
REGISTRESE, PUBLIQUESE y NOTIFIQUESE.
Déjese copia certificada de esta decisión en el copiador correspondiente, según prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.