este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
ÚNICO: NEGAR la MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por los abogado HUGO GARAVITO RINCON y MARCEL ANTONIO LEAL OQUENDO, en el juicio de ESTIMACION E IMTIMACION DE HONORARIOS que siguen contra el ciudadano WILLIAMS AGELVIS GARAVITO.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.