En mérito de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la recusación propuesta por el ciudadano RICARDO RAFAEL VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-11.225.263, debidamente asistido por el Abogado HECTOR BADILLO, inscrito en el instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 92.922, contra el Abg. RONALD IGOR CASTRO, en su carácter de Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Ejecución y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolit.....