DECISION
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso el ciudadano LUIS ENRIQUE GIL BLANCO, contra la empresa MARKET PLAN PUBLICIDAD, C.A., ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago total por ambos demandantes la cantidad de UN MILLON SETECIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 1.723.721,10) por los conceptos debidamente discriminados en la forma que establece la presente decisión más la cantidad que resulte del cálculo que realice el perito designado al efecto por este Tribunal. No hay condenatoria en costas. ASI SE DECI.....