este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se declara incompetente por el territorio para conocer de la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano ALI ARTURO ARGUELLO, en consecuencia, se declina la competencia al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a fin de que el Tribunal competente de acuerdo a la jurisdicción del territorio, conozca de la presente causa. Así se decide.