En consecuencia, este Juzgado de Juicio imparte la homologación respectiva y ordena el cierre y archivo definitivo del presente asunto. Así mismo, en lo que respecta a la solicitud de la parte dirigida a que se tome en consideración el escrito transaccional presentado en fecha 31.07.2013, se deja expresa constancia que este Tribunal emitió pronunciamiento al respecto, mediante resolución de fecha 07.08.2013, la cual se encuentra firme por cuanto las partes no ejercieron recurso alguno en su contra. Así se establece.-