Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones de con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer y Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en fecha 15 de noviembre de 2013 por el ciudadano José Jesús Alicandú Oporto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matricula Nº 88.794, Abogado Defensor del ciudadano Eduardo José Guerrero Camacho , contra la decisión dictada el fecha 08 de octubre de 2013, mediante la cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en delitos de violencia contra la Mujer de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y .....