Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: MARIO ALBERTO PACHECO GAUDIO e YROSKA ELEY INFANTE MARTINEZ de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.787.737 y V-12.953.568, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 18 de octubre de 2008, según consta de acta de matrimonio Nº 177, del libro de matrimonios correspondientes al año 2008.
Liquídese la comunidad conyugal.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notif.....