En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión dictado por el Juzgado 20° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de enero de 2007. Segundo: Se confirma la decisión apelada, que declaró desistido el proceso y terminado el procedimiento, todo en el juicio incoado por por los ciudadanos César Vásquez Ojeda y José Rivera contra la Empresa de Inspección y Control de Venezuela C.A. Tercero: No hay condenatoria en costas, según lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.