Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para conocer el presente RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el apoderado judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 12 de noviembre de 2009 dictada por el Juzgado Quinto de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo del juicio de DESALOJO intentado por la SALUSCLINIC, C. A., Sociedad Mercantil, contra la UNIDAD DE DIAGNOSTICO PARA LA MUJER C. A., todos identificados en el encabezado del presente fallo, y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA en un Tribunal Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial que resulte mediante acto de distribución. Remítanse las presentes actuaciones, con oficio al T.....