III
DISPOSITIVA
Es fuerza de las consideraciones procedentes, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Interdicción, y en consecuencia, decreta la Interdicción Definitiva del ciudadano GUSTAVO ADOLFO RUIZ SILVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-10.336.298, y designa como Tutora a la ciudadana BARBARA ELENA SILVA DE RUIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-889.147, madre del presunto entredicho, todo de conformidad con el artículo 398 del Código Civil Venezolano.
SEGUNDO: A los fines de que la Tutora Definitiva designada obtenga autorización judicial, en virtud del cargo que desempeña, se le in.....