En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley conforme a los establecido en el artículo 253 constitucional y 242 del C.P.C., y con fundamento a los artículos 263 al 266 y 282 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del juicio de Reivindicación manifiesto por la parte actora, ciudadano BENITO GUTIERREZ FERRER, venezolano, mayor de edad, domicilio en Altagracia de Orituco de este Edo. Guárico y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.713.202; incoado contra la ciudadana OMAIRA RIVAS ESPINOZA DE AROCHA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Altagracia de Orituco de este Edo. Guárico y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.220.203, sobre un inmueble ubicado en la calle Rondón, a.....