En el día 09/03/07, se dictó sentencia mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE, la presente solicitud por Rectificación de Partida de Nacimiento incoada por los ciudadanos NELSON RODEAN MARQUEZ MANRIQUE y NEYBRU DENICE NARVÁEZ DE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.415.786 y Nº V-10.525.291, actuando en nombre y representación de su hija SE OMITEN DATOS, en virtud de que al levantarse la partida de nacimiento de la precitada niña, el nombre de la misma fue reflejado en forma clara y legible tal y como se verificó de los documentos anexos. Igualmente se ordenó la devolución de los originales consignados y dejándose copia certificada de los mismos en el presente expediente.