Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana PAMELA ESTHEFANY SOLARTE REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-27.028.519.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído con el ciudadano DAVID LARES MONCADA PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-22.649.231 en fecha 18 de septiembre de 2014, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Cartanal, Municipio Independencia, Estado Miranda según consta de acta Nº 107, de fecha 18 de septiembre de 2014, de los libros de Registro Civil de Matrimonio del año 2014.
TERCERO: Ofíciese lo conducente a la.....