En razón de lo expuesto, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación ejercido el 6 de marzo de 2007, por el ciudadano Augusto José Zapata Reyes, en su condición de Fiscal Auxiliar Sexagésimo Tercero (Comisionado) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada el 21 de febrero de 2007, mediante la cual, el Juzgado Vigésimo Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, decretó el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano Orellano Calderon Richard José, por la presunta comisión del delito de Hurto Simple, sancionado en el artículo 453 del Código Penal, conforme a lo preceptuado en los artículos 318.3 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108......