En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en el juicio que por ACCION REINVIDICATORIA sigue el ciudadano JUAN NELSON SALAZAR LOPEZ contra la sociedad mercantil SEA CHARTER DE VENEZUELA, COMPAÑÍA ANONIMA identificada en autos. Se ordena el archivo del expediente