Este Juzgado al apreciar los términos de la transacción celebrada constata que la misma no vulnera normas de Orden Publico ni derechos irrenunciables del trabajador por lo que de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del Articulo 3 de la Ley Orgánica del trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 del reglamento del y por cuanto en el referido escrito de transacción el trabajador declara recibir a su entera y cabal notificación la Cantidad de Treinta y dos mil quinientos setenta Bolívares con sesenta y seis céntimos ( Bs 32.570,66) mediante cheque Nº 00220681 por la referida suma de dinero librado contra la cuenta corriente Nº 0108-0001-32-0900000028 del B.B.V.A Banco Provincial del 18 de Febrero de 2010 este Tribunal le imparte su homologación quedando el acto como cosa Juzgada, se acuerda la expedición de las tres (3) copias certificadas requeridas de la Transacción y de la presente decisión y se establece que una vez me conste en actos el retiro de .....