En consecuencia, examinada la descrita transacción de oferta real se procede de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 253 y 258, a impartir su HOMOLOGACION, al escrito transaccional, sin que implique, vulneración de derechos de rango constitucional. Así se establece.-
Igualmente se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas por la partes, de conformidad con el artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en tal sentido se insta a las partes, debidamente acreditadas en autos, a consignar las copias de lo solicitado, a fin de realizar la expedición de las copias certificadas.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 62, PARAGRAFO ÚNICO, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo.....