Por cuanto en las actas procesales no se evidencia que se pudieran lesionar derechos e intereses de beneficiarios de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario diferentes a las partes que convienen en la transacción, este Tribunal autoriza el acto de composición procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 205 ejusdem y con los artículos 255 y 263 del Código de Procedimiento Civil y así se declara.
Como consecuencia de la homologación impartida al documento de transacción se SUSPENDE LA MEDIDA DE SECUESTRO decretada por este Tribunal en fecha 15 de octubre del 2008, cuyo despacho de exhorto fue remitido al Juzgado Distribuidor de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, mediante oficio N°2007-532. Se ordena oficiar al mencionado Tribunal participándole la suspensión de la medida. Cúmplase.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial .....