Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JIMMY CENTENO, Defensor Público (13°), toda vez que la decisión dictada por el Juzgado Quinto Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal en fecha 12 de mayo del presente año, mediante la cual acordó la medida cautelar de fianza prevista en el literal "g" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se encuentra inmotivada, conforme a lo establecido en el artículo 173 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con efecto de nulidad de la decisión recurrida, para que un juez en función de Control distinto al que pronuncio la decisión anulada, decida nuevamente, con prescindencia .....